

La Pampa
Estrellas Amarillas
Jorge Luis “Fatiga” Gianolio




Jorge "fatiga" Gianolio
La Justicia pampeana condenó con la presencia de la querella y la ausencia de la defensa- a Cintia Iara López Ramírez a tres años de prisión en suspenso y diez de inhabilitación para conducir por el homicidio culposo de Jorge "Fatiga" Gianolio.
Además, deberá colaborar, fuera del horario laboral, en el Hospital Lucio Molas. Por tres años y los viernes, sábados y domingos (dos horas cada día) tendrá que ayudar a los pacientes que ingresen al nosocomio por accidentes de tránsito. Estará bajo la supervisión del área de Enfermería del Molas.
La lectura de la sentencia, que duró menos de cinco minutos, se vivió en un clima de tristeza, emoción, dolor y congoja. Dentro de la sala se vio a la viuda y los hijos de Gianolio, junto al abogado José Mario Aguerrido, y enfrente a representantes de Estrellas Amarillas y la madre de la víctima que se puso a llorar al recordar a su hijo.
El Juez Carlos Alberto Besi leyó la sentencia, se despidió con un "buenos días" y regresó a su oficina.
A la salida de la Sala de Audiencia 2, integrantes de la Fundación Estrellas Amarillas y los familiares de Gianolio salieron gritando "Jorge Gianolio presente, ahora y siempre".
Fuera de la ciudad Judicial una allegada a López, alejada de los integrantes de la organización no gubernamental, le consultó a un cronista de este diario cómo fue el fallo y se alegró al saber que la acusada quedaba en libertad.
Testigos.
El debate se realizó el martes 18 de noviembre y hubo siete testigos. Dos de ellos declararon que al momento del accidente, López Ramírez hablaba por celular con su ex pareja Aldo Fabián Pebe.
Además, un informe de la empresa de telefonía celular Claro solicitado por la querella, comprobó que López Ramírez habló por celular entre las 13.32 y 13.52, instante previo al choque.
El fiscal Gastón Boulenaz solicitó la pena de 3 años de prisión en suspenso y una inhabilitación de conducir por 8 años. Al indicar que no hubo maniobra evasiva, ni accionó los frenos para evitar la colisión. Hubo imprudencia y negligencia de parte de López Ramírez y violó el deber de cuidado en la conducción", dijo Boulenaz. Además, dio por probado que venía hablando por celular.
En tanto, la querella -a cargo del abogado José Mario Aguerrido- pidió que la carátula se encuadre como homicidio con dolo eventual (la condena oscila entre los 8 y 25 años)y una pena de 10 años y el mismo período de inhabilitación para conducir.
Por su parte, la defensa descartó la existencia del dolo eventual y negó que su defendida estuviera hablando por celular cuando chocó a Gianolio. En ese sentido, pidió el mínimo legal previsto en estos casos. A su vez, señaló que la falta de casco por parte de la víctima no es un dato menor porque su carencia genera una falta grave.
El día 11 de agosto de 2011, a las 14 horas, una persona de sexo femenino (34 años, oriunda de la localidad de Toay) circulaba al mando del automotor Gacel, desde Toay a Santa Rosa -por Av. Juan D. Perón y a la altura de las intersecciones de las calles Calandria y Mixto, impactó con la parte frontal del rodado, la parte trasera de la motocicleta marca “Honda” que se desplazaba en el mismo sentido, conducida por. Jorge Luis “Fatiga” Gianolio (44 años) quien se encontraría, luego del Siniestro, tirado sobre la banquina. Fue trasladado al Hospital “Lucio Molas” dónde le diagnosticaron un traumatismo de cráneo grave que lo induce a un estado de coma, del cual no se repuso en ningún momento, siendo que por 5 meses había sido trasladado a Bs. As. a un hospital de mayor complejidad. En Diciembre regresaron a Santa Rosa al Faerac, con el resultado final del fallecimiento el día 24 de Enero de 2012, a raíz del impacto sufrido.
Pedimos justicia para que la Imprudencia no sea cotidianidad, que las muertes provocadas por conductas negligentes no queden en la nada y sigamos sumando números que engrosan las estadísticas. Creemos que con JUSTICIA Y EDUCACIÓN podremos palear este flagelo.